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El CERMI plantea que la futura Ley de Bienestar Animal cubra expresa a los animales de apoyo a personas con discapacidad

El CERMI plantea que la futura Ley de Bienestar Animal cubra expresa a los animales de apoyo a personas con discapacidad

Mirada Social

17 diciembre, 2020

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha planteado al ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que la futura Ley de Bienestar Animal, en preparación en estos momentos, dé cobertura expresa a los animales de asistencia y apoyo a personas con discapacidad.

Así lo ha manifestado el CERMI en su documento de propuestas y alegaciones en la consulta pública  previa del Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal, impulsada por la Vicepresidencia Social del Gobierno.

En su escrito, el CERMI, como representación global del movimiento social de la discapacidad, saluda la iniciativa del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de regular, a escala estatal, los derechos de los animales y su bienestar, mediante una normativa legal de protección, promoción y garantía.

Desde el sector cívico de la discapacidad, se propone que esta futura legislación considere y norme expresamente la utilización social de los animales, en el sentido de que estos –los de compañía, perros, caballos, etc.- puede ser empleados como seres vivos auxiliares para el acompañamiento, el apoyo, la asistencia, la guía y la promoción de la salud, la autonomía y el bienestar de las personas, cuando estas tengan necesidades sociales por discapacidad, edad, situación social, u otra circunstancia análoga a los que el animal puede aportar beneficios acreditados.

El uso o empleo de animales con finalidad social debe estar admitido y siempre ha de estar regulado, conciliando la Norma el beneficio que se aporta a la persona con necesidades con la protección, el respeto y el cuidado integral del que es acreedor el animal de asistencia o apoyo, proscribiendo cualquier abuso o mala práctica.

A juicio del CERMI, la nueva Norma legal, debería dedicar un título específico al “Empleo social de los animales”, en el que quedara establecida y ordenada toda esta regulación, partiendo de los principios informadores, las materias objeto de regulación, los derechos y obligaciones de los tenedores de animales de asistencia y la obligación de buen uso, protección y respeto amplio e integral de los mismos (animales).

También habría que considerar en la Ley en gestación el papel de las entidades sociales (asociaciones, fundaciones, etc.) no lucrativas de promoción de animales de compañía dedicados a tareas de asistencia por razones sociales, como agentes cívicos colaboradores de las Administraciones en el propósito de interés público de procurar y lograr el máximo bienestar animal.

Finalmente, el CERMI ha propuesto al Ministerio que la nueva Ley establezca o institucionalice algún foro de participación o diálogo con presencia de la sociedad (a modo de Consejo de Bienestar Animal), se considere la inclusión en los mismos de las organizaciones sociales más representativas de la discapacidad.

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