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Ni protegidos, ni incapaces, simplemente”IGUALES”

Ni protegidos, ni incapaces, simplemente”IGUALES”

Susana Mangut

21 mayo, 2021

Fulminada la Incapacitación Judicial que constituía un enorme muro infranqueable para la independencia plena y real de las personas con discapacidad. Esta es, sin duda, una semana en la que se ha alcanzado todo un logro histórico que recuerda a aquellos días en los que se celebraba el derecho al voto que tanto se peleó por parte de este colectivo y de todas las asociaciones y entidades que lo respaldan.

La propia palabra, “incapacitación” ya suena mal y llama al rechazo; en cuestiones de derechos, eso de “ser incapaz” no debería ni tomarse si quiera en consideración por una sociedad que presume de tolerante , inclusiva y solidaria. ¿Cómo considerar a alguien incapaz en esta materia?. ¿Incapaz de qué?. De no poder explicarse, de no poder defenderse, ¿de qué?… Todo el mundo es capaz de ello. El foco de la cuestión no reside en ser o no ser capaz de hacerlo, si no en el “cómo hacerlo”. Se trata de diseñar caminos o protocolos que permitan a todos, tengan discapacidad o no, ser iguales ante la ley. Pero iguales de verdad, sin cuestionarse ni un ápice que así debe ser. Sin sobreproteccionismos absurdos ni consideraciones fictíceas . Las personas con discapacidad son PERSONAS. Aunque suene a eufemismo parece que hay que aclararlo y por tanto, como personas que son, deben decidir de forma absolutamente autónoma sobre sus vidas. Asombroso e increíble pero cierto; hasta hace tan solo unos días, esto no era así.

Esa incapacitación aparecía descrita en el código Civil pero Maribel Cáceres lo deja bien claro, cuando dice, en un artículo que ha escrito recientemente, “las leyes no servían y había que cambiarlas”. Se puede decir más alto, sí, pero quien no lo entienda, es que no quiere entenderlo . El Código Civil regula aspectos concernientes al matrimonio o la tutela de personas con discapacidad. Además, el artículo 12 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacid ad reconoce la igualdad ante la ley, que dice que “todas las personas tienen capacidad jurídica y derecho a tomar decisiones y ejercerlas como el resto”. Sin embargo, existe la figura de la tutela que, en muchas ocasiones , establece que otras personas puedan y de hecho, decidan sobre aspectos importantes de la vida de aquellas personas con discapacidad sobre quienes la ejercen. Ahora, afortunadamente, los tiempos van a cambiar y se contemplan grandes y diferentes modos de proceder debido a esta nueva y anhelada reforma que tanto se ha luchado.

Pedro Calderón, Presidente de Plena Inclusión Extremadura, se refiere a estos nuevos cambios que traerán otra perspectiva legítima y real, a estos colectivos. El reconocimiento de la “capacidad jurídica” de todas las personas con discapacidad cambiando el sistema de apoyo que tenían a partir de ahora. “La tutela y la patria potestad pasan a suplirse por otro tipo de sistemas en un nuevo modelo”. Para Calderón, resulta un enorme cambio a mejor porque, como señala, “ se trata de apoyos que puede proponer la propia persona y que le van a ayudar a garantizar su independencia y a comprender mejor temas relacionados con la salud o con su economía, por ejemplo” . En definitiva, a que cumpla con el derecho que le corresponde; el de decidir sobre su propia vida. Además, la nueva reforma establece que esos apoyos se adecúen a las necesidades específicas que presente cada persona, según afirma el Presidente de Plena Inclusión, quien se refiere a dos tipos de apoyos: “aquellos que decide cada persona y que se reflejan en un documento rubricado por un notario y aquellos apoyos que sí debe decidir un juez”. Por otra parte, aparecen en la nueva escena, tres figuras fundamentales: “ Curatela”, “ Guarda de Hecho” y “ Defensor Judicial”. Así, Pedro Calderón explica que en el caso de las personas que requieran apoyo constante, se recurrirá a la “ Curatela”. En cuanto a la “ Guarda de hecho”, se define como ese apoyo natural con el que cuenta cada persona con discapacidad y solo hay que formalizarlo para tomar decisiones tales como, comprar o vender un piso, por ejemplo. Finalmente, el denominado “Defensor Judicial” será nombrado por un juez cuando existan problemas entre la persona y el curador. Además todas las sentencias de tutela o curatela deben ahora ser revisadas con objeto de adaptarlas a estos nuevos requisitos que, se espera, contribuyan a crear una sociedad más justa y menos exclusiva para que todos, con o sin discapacidad podamos ser “PERSONAS”.

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